CLASIFICACIÓN DE LOS TRIBUTOS
Impuestos: Son el tributo exigido por el Estado a quienes se encuentran en las situaciones encontradas en la Ley como hechos imponibles. Agrega Ruiz Montero (2002) “es una prestación pecuniaria obtenida de los partículares autoritariamente, a título definitivo, sin contrapartida para la cobertura de las cargas públicas o para otros fines del Estado.
Se clasifican en impuestos directos, indirectos, proporcionales y progresivos.
Tasa: Es una forma hibrída de imposición por cuanto el Estado la establece en virtud de su facultad discrecional, pero presta o brinda una contraprestación a quien lo paga. Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva o potencial de un servicio público individuallizado en el contribuyente.
Se clasifican según el servicio que se demande (documentos probatorios, controles oficiales) y de acuerdo a la forma técnica de tributación (fijas o variables).
Contribuciones Especiales: Son obligatorias y establecidas en forma bilateral, pero sólo gravan a quienes resultan beneficiados, bien sea por una obra de interés público que realiza el Estado como la contribución de mejoras, bien a cambio de seguridad social como es el caso del seguro social, el INCE. Estas últimas tiene el carácter de contribuciones sociales y en Venezuela se les consideran parafiscales.